Pues no es fácil encontrar información oficial sobre la Inspección Técnica del Vehículo, ITV. Supongo que las siglas corresponden. Hay varias paginas como citaprevia o itv.com.es que tienen información pero no dejan de ser páginas ajenas a organismos públicos o estatales.
Dudo mucho que alguna lo sea aunque es verdad que aún no he comprobado quién tiene registrado tan acertados dominios.
La primera revisión técnica de un turismo es a los cuatro años... Y se repite cada dos años hasta cumplir diez años de antigüedad, entonces hay que pasar la ITV cada año. 4-6-8-10-11-12...
http://www.applusiteuve.com/es/cada-cuanto-pasar-itv
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Mi Centro Asociado ITV: http://grupoidv.com/nuestras-itvs/3/
Con información:
http://www.grupoidv.com/pasar-la-itv-primera/8/
Hay que presentar el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica original del vehículo. La copia del recibo del seguro del coche no la solicitan, aunque es mejor llevarla en el coche por si lo solicita la policía y no tienen cobertura para comprobarlo con la Central (o Base). Y tampoco es necesaria copia del impuesto del ayuntamiento que llevaría por si algún agente de tráfico me lo pidiera...
http://www.grupoidv.com/cuando-me-toca/17/
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A los vehículos con las siguientes matrículas les corresponde pasar su primera revisión de itv en los siguientes meses del año 2018:
Dudo mucho que alguna lo sea aunque es verdad que aún no he comprobado quién tiene registrado tan acertados dominios.
La primera revisión técnica de un turismo es a los cuatro años... Y se repite cada dos años hasta cumplir diez años de antigüedad, entonces hay que pasar la ITV cada año. 4-6-8-10-11-12...
http://www.applusiteuve.com/es/cada-cuanto-pasar-itv
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Mi Centro Asociado ITV: http://grupoidv.com/nuestras-itvs/3/
Con información:
http://www.grupoidv.com/pasar-la-itv-primera/8/
Hay que presentar el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica original del vehículo. La copia del recibo del seguro del coche no la solicitan, aunque es mejor llevarla en el coche por si lo solicita la policía y no tienen cobertura para comprobarlo con la Central (o Base). Y tampoco es necesaria copia del impuesto del ayuntamiento que llevaría por si algún agente de tráfico me lo pidiera...
http://www.grupoidv.com/cuando-me-toca/17/
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A los vehículos con las siguientes matrículas les corresponde pasar su primera revisión de itv en los siguientes meses del año 2018:
Enero de HVF a HVN Febrero de HVN a HVZ Marzo de HVZ a HWM Abril de HWM a HXB
Mayo de HXD a HYN Junio de HXN a HYD Julio de HYR a HYT Agosto de HYT a HZB
Septiembre de HZB a HZL Octubre de HZM a HZZ Noviembre de HZZ a JBL Diciembre de JBL a JBY
Periodicidades en inspección periódica en función del tipo de vehículo:
Turismos:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 4 años Exento
De 4 a 10 años 2 años
Más de 10 años 1 año
Camiones y remolques con una MMA <= 3500Kg:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 2 años Exento
De 2 a 6 años 2 años
De 6 a 10 años 1 año
Más de 10 años 6 meses
Motocicletas, cuadriciclos y quads:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 4 años Exento
Más de 4 años 2 años
Ciclomotores:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 3 años Exento
Más de 3 años 2 años
Ambulacias y S.P:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 5 años 1 año
Más de 5 años 6 meses
Camiones y remolques con una MMA>3500Kg:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 10 años 1 año
Más de 10 años 6 meses
Autobuses:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 5 años 1 año
Más de 5 años 6 meses
Vehículos agrícolas:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 8 años Exento
De 8 a 16 años 2 años
Más de 16 años 1 año
Autocaravanas:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 4 años Exento
De 4 a 10 años 2 años
Más de 10 años 1 año
Caravanas con MMA > 750Kg:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 6 años Exento
Más de 6 años 2 año
Vehículo especial:
1ª matriculación Periodicidad
Menos de 4 años Exento
De 4 a 10 años 2 años
Más de 10 años 1 año
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Por un lado he encontrado un manual de la Inspección técnica de 2016 en una página .gob:
http://www.minetad.gob.es/es-ES/servicios/Documentacion/DocumInteres/Manual_ITV_V710-Junio2016.pdf
http://m.minetad.gob.es es la página oficial del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, y es dónde tenemos más información sobre la Inspección Técnica ITV, más que la que encuentro en la página oficial de la Dirección General de Tráfico DGT...
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La DGT nos facilita un listado de Centros Colaboradores, con la dirección y número de teléfono, dónde pasar la revisión de la ITV de nuestro vehículo:
http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/centros-colaboradores/itvs/
Por un lado he encontrado un manual de la Inspección técnica de 2016 en una página .gob:
http://www.minetad.gob.es/es-ES/servicios/Documentacion/DocumInteres/Manual_ITV_V710-Junio2016.pdf
http://m.minetad.gob.es es la página oficial del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, y es dónde tenemos más información sobre la Inspección Técnica ITV, más que la que encuentro en la página oficial de la Dirección General de Tráfico DGT...
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La DGT nos facilita un listado de Centros Colaboradores, con la dirección y número de teléfono, dónde pasar la revisión de la ITV de nuestro vehículo:
http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/centros-colaboradores/itvs/
En la página web del Gobierno de Aragón hay información útil:
http://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Departamentos/EconomiaIndustriaEmpleo/AreasTematicas/InspeccionTecnicaVehiculos/ci.11_Informacion_interes.detalleDepartamento?channelSelected=43b90e22476fa210VgnVCM100000450a15acRCRD
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¿Qué documentos se deben presentar para realizar la inspección técnica periódica?
Permiso de Circulación del vehículo. (documento original o en su defecto copia cotejada. Si el permiso de circulación hubiera sido intervenido por los agentes de vigilancia de tráfico, se presentará el volante entregado por estos donde se refleje la matrícula, fecha de primera matriculación y servicio que presta el vehículo.)
Tarjeta de inspección técnica del vehículo. (documento original)
Último informe de inspección técnica del vehículo. (Real Decreto 2042/1994 que regula la inspección técnica de vehículos, artículo 14.2)
Documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio. Quedará acreditada mediante el justificante de pago de la prima del periodo de seguro en curso, siempre que contenga, al menos, la identificación de la entidad aseguradora, la matrícula, placa de seguro o signo distintivo del vehículo, el periodo de cobertura y la indicación de la cobertura del seguro obligatorio. (Reglamento seguro obligatorio aprobado por Real Decreto 1507/2008, artículo 14 y texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, artículo 65.7)
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Otro manual de procedimiento de inspección de la ITV en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad:
http://www.f2i2.net/documentos/lsi/STO_Vehiculos/ITV/Manual_de_procedimiento_de_inspeccion_de_estaciones_ITV_v722_Feb_2018.pdf
Normativa:
http://www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/Si_Ambito.aspx?id_am=20100
Directiva Europea 2014/45: http://www.f2i2.net/documentos/lsi/Dir_2014-45.pdf
Otro manual de procedimiento de inspección de la ITV en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad:
http://www.f2i2.net/documentos/lsi/STO_Vehiculos/ITV/Manual_de_procedimiento_de_inspeccion_de_estaciones_ITV_v722_Feb_2018.pdf
Normativa:
http://www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/Si_Ambito.aspx?id_am=20100
Directiva Europea 2014/45: http://www.f2i2.net/documentos/lsi/Dir_2014-45.pdf
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Offtopic, matriculación coches importados:
http://www.minetad.gob.es/industria/es-ES/Servicios/calidad/Paginas/vehiculos.aspx?Faq=Legalización+en+España+de+vehículos+por+cambio+de+residencia
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Vehiculos historicos / vehiculos clasicos
¿es lo mismo?
https://noticias.coches.com/consejos/convertir-el-coche-en-historico-ventajas-e-inconvenientes/56579
Se puede solicitar exención de impuesto del coche en el Ayuntamiento por ser coche clásico, más de 25 años de antigüedad. Depende del Ayuntamiento pero es ahí dónde nos pueden informar.